Ventanas de madera con Marcado CE

Marcado CE para ventanas de madera

El Certificado CE es una certificación que tiene el objetivo de garantizar a los ciudadanos de la Unión Europea que las ventanas de madera que utilicen no supondrán ningún tipo de peligro para su integridad física.

Según la legislación actual, y en concreto, en atención a la Directiva Europea de Productos de Construcción 89/106/CEE (directiva que ha sido transpuesta a la legislación española a través de la Norma Europea Armonizada UNE EN 14351-1:2006), cualquier fabricante de ventanas de madera deberá superar una serie de ensayos y aportar la debida documentación a fin de demostrar que su ventana se acoge a la mencionada normativa.

En Omologic ofrecemos apoyo técnico y legal para conseguir el Marcado CE de ventanas de madera a cualquier fabricante. 

¿Es obligatoria la Certificación CE en las ventanas de madera?

Desde el 1 de diciembre de 2010, fecha en la que entró en vigor la UNE-EN 14351-1:2006+A2:2017, todo fabricante de ventanas de madera está obligado a solicitar y colocar el Marcado CE en su ventana antes de ponerla en circulación en el mercado. Existen, no obstante, las siguientes excepciones:

  • Ventanas y puertas peatonales sometidas a regulaciones de control de humo y resistencia al fuego.
    Ventanas en vías de escape.

En estos casos, en realidad no se trata de que la ventana no deba llevar Marcado CE, sino que este tipo de ventanas se regulan en una normativa distinta, fuera del ámbito de aplicación de la Directiva Europea de Productos de Construcción.

Documentación y requisitos para conseguir el Marcado CE

Para conseguir la Certificación CE de ventanas de madera, es necesario que el fabricante supere un proceso de evaluación denominado Sistema 3, mediante el cual éste debe probar que se ha implementado de forma efectiva y correcta un sistema general de la producción en fábrica. Controles que, además, estarán sujetos a los ensayos correspondientes, que quedarán registrados y serán aprobados posteriormente por el Organismo Notificado que se designe por las autoridades competentes.

Una vez estos ensayos se hayan completado, se haya certificado que la producción de la cadena de fabricación está acorde a la normativa y se haya presentado la documentación correspondiente, el fabricante podrá emitir la Declaración de Prestaciones de su ventana como último trámite antes de conseguir el Marcado CE.

En lo que respecta a los requisitos aplicables a las ventanas de madera en concreto en comparación a otros tipos de ventanas, cabe decir al respecto que es la norma UNE-EN 14351-1:2006+A2:2017 la que se encarga de especificar las características que debe poseer una madera para ser apta para carpintería.

Además, en caso de utilizar perfiles laminados en lugar de madera maciza, el fabricante deberá asegurar que la cola utilizada en la fabricación de la ventana es apta para exteriores.

Por último, en el Anexo B de la Instrucción sobre criterios para la puesta en práctica del Certificado CE de las ventanas, ventanas para tejados y puertas exteriores peatonales, de Octubre de 2013, se ofrecen diversos modelos que el fabricante debe rellenar en caso de que haya adquirido la madera sin secar.

Omologic, Consultoría especializada en el Marcado CE de ventanas de madera

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