El Marcado CE en ventanas no es una opción, es el «pasaporte» indispensable para que tus productos puedan circular libremente por el Espacio Económico Europeo. Más allá de una exigencia burocrática, este distintivo certifica que tus ventanas cumplen con los estándares de seguridad, aislamiento y resistencia exigidos por la Unión Europea.
Si eres fabricante, taller de carpintería metálica o importador, navegar por la normativa técnica puede parecer complejo. Esta guía te explica paso a paso cómo cumplir con el Reglamento de Productos de Construcción y evitar sanciones.
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Marcado CE en ventanas: ¿es obligatorio?
Desde el año 2010, el Marcado CE es obligatorio para todas las ventanas y puertas exteriores peatonales comercializadas en la Unión Europea. Esta obligación emana del Reglamento (UE) Nº 305/2011 (CPR), que establece las condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción.
El objetivo principal no es solo burocrático; se trata de garantizar la transparencia en las prestaciones del producto. Al colocar el marcado CE, el fabricante asume la responsabilidad legal de que la ventana cumple con las prestaciones declaradas en cuanto a:
- Permeabilidad al aire.
- Estanqueidad al agua.
- Resistencia a la carga de viento.
- Transmitancia térmica.
- Aislamiento acústico.
Comercializar ventanas sin este marcado es ilegal y puede conllevar la retirada del producto del mercado, además de graves sanciones económicas para el agente responsable (ya sea el fabricante, importador o distribuidor).
Qué tipos de ventanas deben llevar el certificado CE
No todos los cerramientos se rigen por la misma norma. El Marcado CE bajo la norma UNE-EN 14351-1 aplica específicamente a:
- Ventanas: manuales o motorizadas.
- Puertas balconeras (puertaventanas): aquellas que conectan con el exterior (terrazas, balcones).
- Ventanas de tejado: velux o claraboyas que cumplan función de ventana.
- Puertas exteriores peatonales: puertas de entrada a viviendas o edificios (sin características de resistencia al fuego y control de humos, que van por otra vía).
Es de vital importancia entender que esta normativa cubre tanto productos fabricados en serie como aquellos fabricados por unidades (a medida), siempre que se destinen a una obra de construcción.
Importante: Las ventanas con características de resistencia al fuego y/o control de humos están sujetas a una doble normativa (la EN 14351-1 y la EN 16034) y su proceso de certificación es más estricto (Sistema 1), requiriendo intervención continua de un organismo notificado.
Marcado CE en ventanas de aluminio
Las ventanas de aluminio deben llevar marcado CE cuando se comercializan como productos de construcción para su instalación permanente en edificios y están cubiertas por la norma armonizada UNE-EN 14351-1:2006+A2:2017, aplicable a ventanas y puertas peatonales exteriores. Si además incorporan prestaciones de resistencia al fuego o control de humos, debe tenerse en cuenta también la UNE-EN 16034:2015.
En la práctica, esto afecta a la mayoría de las ventanas de aluminio exteriores que se ponen en el mercado: abatibles, correderas, oscilobatientes, balconeras y otras soluciones equivalentes, incluidas las fabricadas a medida cuando se producen y suministran como producto para obra. En estos casos, el fabricante debe evaluar las prestaciones aplicables, emitir la Declaración de Prestaciones (DoP) y colocar el marcado CE.
Conoce todo los requerimientos y como debes cumplir con la normativa de aluminio más allá de las ventanas en la guía más completa de Marcado CE para aluminio.
El marcado CE no aplica en supuestos muy concretos y excepcionales: cuando la ventana se fabrica de forma individual y no seriada para una obra específica y es instalada por el propio fabricante; cuando se fabrica directamente en la obra; o cuando se produce de forma tradicional o no industrial para la rehabilitación de edificios protegidos oficialmente por su valor histórico o arquitectónico. Fuera de estos casos, la regla general es que la ventana de aluminio sí debe llevar marcado CE.
Si necesitas verificar si tu ventana de aluminio debe llevar marcado CE o cómo cumplir correctamente con la normativa,
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Obligaciones para fabricantes, importadores y distribuidores
El Reglamento 305/2011 define claramente los roles de cada agente en la cadena de suministro. Identificar tu rol es el primer paso para saber qué documentos debes generar o exigir.
Fabricante (Taller de carpintería): es quien fabrica la ventana o quien la ensambla a partir de perfiles. Es el máximo responsable. Debe:
- Realizar los Ensayos de Tipo (o usar los cedidos por el sistemista).
- Implantar un Control de Producción en Fábrica (CPF).
- Redactar la Declaración de Prestaciones (DoP).
- Colocar la etiqueta CE en el producto.
Importador: si traes ventanas de fuera de la UE (por ejemplo, China o Turquía) para venderlas aquí, tú actúas como el fabricante a efectos legales. Debes asegurarte de que el fabricante original ha cumplido con todo lo anterior y que la documentación está disponible y traducida.
Distribuidor: debe verificar que el producto lleva el marcado CE y que va acompañado de la documentación requerida e instrucciones en el idioma del país de destino. Su labor es de vigilancia; no puede vender productos que sospeche que no cumplen la normativa.
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Normativa aplicar en ventanas
Para certificar correctamente una ventana, debemos basarnos en el marco legal vigente. La referencia técnica principal es la norma armonizada:
UNE-EN 14351-1:2006+A2:2017 Ventanas y puertas. Norma de producto, características de prestación. Parte 1: Ventanas y puertas exteriores peatonales.
Esta norma dicta cómo se deben evaluar las prestaciones. Generalmente, las ventanas se evalúan bajo el Sistema 3 de Evaluación y Verificación de la Constancia de las Prestaciones (EVCP). Esto implica:
- El Fabricante: realiza el control de producción en fábrica (CPF).
- Laboratorio Notificado: un laboratorio externo acreditado debe realizar los ensayos iniciales de tipo (resistencia al viento, estanqueidad, etc.) para validar los prototipos.
En el caso de ventanas fabricadas por pequeños talleres que ensamblan sistemas de marcas reconocidas (como Cortizo, Schüco, Kömmerling, etc.), se suele utilizar el mecanismo de «Cascada» (Cascading). Esto permite al taller utilizar los ensayos realizados por el proveedor de perfiles, evitando tener que pagar costosos ensayos de laboratorio propios, siempre que sigan estrictamente el manual de fabricación del proveedor.
Pasos obtener el Marcado CE para ventanas
Para poner el sello CE en tu producto, debes seguir este flujo de trabajo técnico:
- Definición del Producto: clasifica tu ventana según la norma UNE-EN 14351-1.
- Ensayos Iniciales de Tipo (EIT):
- Opción A (Propia): envías tus prototipos a un Laboratorio Notificado para que los ensayen.
- Opción B (Cascada): solicitas a tu proveedor de perfiles (sistemista) la cesión de sus ensayos. Debes tener un contrato de cesión y respetar sus instrucciones de montaje.
- Control de Producción en Fábrica (CPF): debes documentar e implantar un sistema que garantice que las ventanas que fabricas día a día son idénticas al prototipo ensayado. Esto incluye registros de control de materiales, maquinaria y producto final.
- Elaboración de la Documentación: redacta la Declaración de Prestaciones y las instrucciones de uso.
- Etiquetado: crea la etiqueta CE con los valores obtenidos y pégala en la ventana o en su embalaje.
Documentación técnica e informes necesarios
Ante una inspección de vigilancia de mercado o una reclamación de un cliente, deberás presentar el Expediente Técnico. Este debe contener:
- Declaración de Prestaciones (DdP): es el documento legal más importante. En él, el fabricante «declara» los valores técnicos de la ventana (ej.: Transmitancia Térmica Uw: 1.3 W/m²K). Debe estar firmada y accesible al cliente.
- Manual del Control de Producción en Fábrica (CPF): el «libro de bitácora» de tu taller, donde se registran las verificaciones diarias.
- Informes de Ensayo: los resultados oficiales del laboratorio (o la documentación cedida por el sistemista en caso de cascada).
- Instrucciones de Uso, Mantenimiento y Seguridad: información para el usuario final sobre cómo limpiar la ventana, revisiones de herrajes y advertencias de seguridad.
- Etiqueta CE: el distintivo físico que acompaña al producto.
Asesórate con especialistas en Marcado CE de Ventanas
El proceso de certificación puede ser abrumador, especialmente la implantación del Control de Producción en Fábrica y la correcta redacción de las Declaraciones de Prestaciones. Un error en la clasificación o en los valores declarados puede derivar en reclamaciones costosas en obra nueva.
En Omologic somos expertos en ingeniería normativa. No solo gestionamos el papeleo; ayudamos a fabricantes y talleres a implementar sistemas de control sencillos y efectivos que cumplen la ley sin frenar su producción. Si necesitas obtener el marcado CE de tus ventanas o validar documentación de importación, contáctanos hoy mismo.
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Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué es el marcado CE de una ventana?
Es el distintivo que acredita que la ventana cumple con los requisitos de seguridad y prestaciones de la normativa europea (Reglamento 305/2011). Funciona como un pasaporte técnico que permite su venta legal en cualquier país de la UE, indicando sus valores de aislamiento, estanqueidad y resistencia.
¿Las ventanas necesitan el marcado CE?
Sí, absolutamente todas las ventanas completas destinadas a ser instaladas en obras de construcción (edificios y obras de ingeniería civil) deben llevar el Marcado CE desde el 1 de diciembre de 2010. Esto aplica tanto a fabricantes industriales como a pequeños talleres de carpintería metálica o PVC.
¿Hay excepciones en las que no sea obligatorio?
Sí, existen excepciones muy limitadas según el artículo 5 del Reglamento de Productos de Construcción. Las más comunes son: productos fabricados por unidad para una obra específica bajo un diseño no industrial (artesanía tradicional) o ventanas destinadas a la restauración de edificios protegidos por su valor histórico/arquitectónico, donde el cumplimiento de la norma moderna alteraría su carácter.
¿Debe solicitarse el Marcado CE para los componentes de la ventana?
Por regla general, no. El Marcado CE lo lleva la ventana terminada. Los componentes individuales (perfiles, herrajes, juntas) no llevan marcado CE bajo la norma de ventanas, aunque deben cumplir sus propias normas. El vidrio, sin embargo, sí suele llevar su propio marcado CE que el fabricante de la ventana debe recopilar para calcular la transmisión térmica global.
¿Es obligatorio el Marcado CE en rehabilitaciones de ventanas?
Si la rehabilitación implica instalar ventanas nuevas, estas deben llevar obligatoriamente el Marcado CE. Si la rehabilitación consiste únicamente en reparar o mantener una ventana antigua ya instalada (cambiar un herraje o pintar), no es necesario emitir un nuevo marcado CE, salvo que la reparación modifique sustancialmente las prestaciones originales del producto.
¿Quién aporta el Marcado CE?
El responsable final de aportar y fijar el Marcado CE es siempre el fabricante de la ventana (quien la ensambla y la pone en el mercado). Si la ventana se importa desde fuera de la UE, la responsabilidad legal recae sobre el importador establecido en la Unión Europea.



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