GUÍA TÉCNICA ADECUACIÓN AL 1215/1997
«La adecuación de equipos de trabajo debe realizarse aunque la maquinaria tenga Marcado CE.»
Guía Técnica de Adecuación de Equipos
Si has tenido o vas a tener una auditoría o inspección de Prevención de Riesgos Laborales, te interesa saber si tus máquinas están correctamente adecuadas al RD 1215/1997.En esta Guía Técnica de Adecuación al 1215, te explicamos todo lo que necesitas saber si eres empresario y quieres realizar correctamente este trámite.
¿Para qué sirve?
La aplicación del Real Decreto 1215/1997 de adecuación de equipos de trabajo surge para evaluar y certificar la seguridad de la máquina una vez instalada y puesta en servicio, sea nueva, usada o antigua.
¿Por qué?
“Una máquina mal instalada o colocada en un entorno inadecuado es insegura”
El marco normativo europeo junto con la actual legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales trata de dar una solución homogénea de seguridad a todas las máquinas instaladas en las empresas sea cual sea su estado y fecha de fabricación.
Dada la dilatada vida útil de una maquinaria, existen instaladas aún muchas máquinas anteriores al año 1995 que no cumplen con el Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicios de las máquinas.
Se tratan de máquinas antiguas sin Marcado CE a las que se les debe exigir unos mínimos de seguridad para no poner en riesgo la salud y seguridad de los trabajadores. En estos casos, es responsabilidad del empresario realizar la adecuación de equipos para contemplar y minimizar los riesgos por el uso de la maquinaria.
“La adecuación de equipos de trabajo deberá realizarse para todas las máquinas instaladas y es responsabilidad del empresario.”
Por otro lado, una máquina con Marcado CE es segura, pero si se instala en una empresa o nave industrial de una forma peligrosa puede provocar accidentes laborales muy graves. Es por tanto que:
El empresario es el responsable de dar cumplimiento al Plan de Prevención de Riesgos Laborales y de procurar que sus equipos estén correctamente adecuados para que no supongan ningún riesgo para sus trabajadores.
¿Necesitas la adecuación de equipos de trabajo? En Omologic, te asesoramos sobre el procedimiento completo.
Si quieres saber más sobre adecuación de equipos, no te pierdas esta guía técnica de adecuación al 1215/1997 donde hablamos de:▪ RD 1215/1997, ¿en qué consiste?
▪ ¿Qué se entiende por equipo de trabajo?
▪ Adecuación de equipos y Marcado CE de máquinas – ¿Qué relación existe entre ambos?
▪ Máquinas fabricadas antes del 1 de enero de 1995
▪ ¿Qué es la «Justa Seguridad»? ▪ ¿Cuándo se necesita la adecuación de equipos?
▪ Adecuación de equipos de trabajo. ¿Qué hay que cumplir?
▪ Importación de maquinarias usadas y nuevas. ¿Qué hacer?
▪ ¿Qué te ofrece Omologic? Ingeniería especializada en Seguridad Industrial
RD 1215/1997, ¿EN QUÉ CONSISTE?
Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, nace para contemplar todas las medidas de seguridad que se deben tener en cuenta para evaluar el estado de una maquinaria instalada, contemplando todos los riesgos a minimizar en su uso en el trabajo.¿QUÉ SE ENTIENDE POR «EQUIPO DE TRABAJO”?
Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo.
RECUERDA: “Es obligación del empresario, no del fabricante, preservar la seguridad de los trabajadores y contar con un análisis e informe de adecuación de sus equipos de trabajo”.
ADECUACIÓN DE EQUIPOS Y MARCADO CE DE MÁQUINAS – ¿QUÉ RELACIÓN EXISTE ENTRE AMBOS?
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1644/2008 el 1 de enero de 1995, todas las máquinas deben fabricarse bajo los estándares europeos de seguridad y calidad.
El fabricante, al cumplir con estos requisitos, certifica a la máquina con el Marcado CE pudiendo venderla de forma legal. Como hemos indicado, esto no exime al empresario de realizar la adecuación del equipo una vez llegue a sus instalaciones.
MÁQUINAS FABRICADAS ANTES DEL 1 DE ENERO DE 1995
Para estos casos, en los que la máquina no tiene Marcado CE por ser una máquina antigua, se exige que cumpla con el RD 1215/1997 de adecuación de equipos, y cumplir al menos los requisitos de “Justa Seguridad”.
¿Qué es la Justa Seguridad?
No se puede exigir a los equipos usados, puestos en servicio y no sujetos a directivas (anteriores a 1995), que cumplan con los mismos requisitos de seguridad que los equipos nuevos.
Pero, el RD 1215/97 recoge los criterios mínimos que garantizan que el equipo no expone a ningún riesgo a los trabajadores y cumple con:
▪ Un nivel de seguridad suficiente
▪ Proporcional a la magnitud de los riesgos
▪ Compromiso entre posibilidades técnicas, limitaciones para realizar el trabajo o coste de la puesta en conformidad en relación con la reducción del riesgo esperada
¿CUÁNDO SE NECESITA LA ADECUACIÓN DE EQUIPOS?
Si eres empresario y vas a instalar una maquinaria nueva, usada o de importación necesitarás realizar una adecuación de equipos cuando vayas a colocarla en tu empresa.
Casos más comunes:Máquinas usadas: Ya sea una maquinaria antigua (anterior a 1995) o una de segunda mano posterior a esta fecha, se deberá hacer una adecuación de equipos una vez instalada en la empresa.
Aunque la maquinaria sea posterior a 1995 y disponga de Marcado CE, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales dispone que: » La máquina usada deberá superar la misma evaluación inicial teniendo en cuenta el criterio de Justa Seguridad para garantizar la adecuación de equipos y tener en cuenta aspectos como obsolescencia o deterioro. «Máquinas nuevas: Pese a lo que muchos creen, aunque adquieras una máquina nueva con Marcado CE, deberás hacer la adecuación de equipos una vez instalada en la empresa. Esto se debe a que la legislación en materia de Seguridad del Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales exige al empresario a minimizar el número de accidentes y bajas laborales. Por lo que, con la adquisición y montaje de una maquinaria nueva en tus instalaciones deberás hacer una evaluación y adecuación de equipos de trabajo.
Máquinas modificadas: Las máquinas modificadas son un caso especial que deben considerarse de la siguiente forma:
Antes de su primera puesta en servicio:Modificaciones acordadas: Si las modificaciones habían sido pactadas con el fabricante, antes de su puesta en servicio, la documentación técnica, evaluación de riesgos y declaración de Conformidad CE contemplará estas modificaciones por lo que el Marcado CE es válido.
Se entiende que estas modificaciones acordadas no son importantes y no cambian la funcionalidad de la máquina. Al realizarse esta modificación e instalarse en la empresa, la maquinaria deberá superar el estudio de adecuación de equipos.Modificaciones sustanciales: Si la modificación que desea hacer el empresario sobre la máquina es importante (por ejemplo: cambia la funcionalidad del equipo, su tamaño…) y no estaban previstas ni acordadas con el fabricante, el Marcado CE no será válido ya que da lugar a diferentes riesgos que deberán ser ensayados y recogidos en una nueva documentación técnica. Es por ello que, necesitará certificarse con el Marcado CE y recoger sus nuevas características. Este Marcado CE es responsabilidad del empresario que se considera en este momento “fabricante”. Después, deberá hacer la adecuación de los equipos de trabajo al instalarse.Tras su primera puesta en servicio:
Si las modificaciones efectuadas afectan al uso previsto por el fabricante, se entiende al empresario como el fabricante de la máquina modificada por lo que además de su adecuación de equipos precisará obtener previamente su Certificado CE o Marca CE.Máquinas instaladas sin documentación: Si tienes instalada en tu empresa una maquinaria que no dispone de documentación técnica ni de Marcado CE, es responsabilidad del empresario realizar la adecuación de equipos para evaluar los riesgos de la maquinaria, así como realizar un manual de uso e instrucciones para que los trabajadores reciban la información precisa del funcionamiento, mantenimiento y uso seguro de la máquina.
Al margen de los casos anteriores, se puede necesitar realizar de nuevo la adecuación de equipos en determinadas situaciones especiales:▪ Después de un traslado de la maquinaria ya que cambian las situaciones de riesgos y peligros.
▪ Tras un accidente con un trabajador o incidencia técnica en la máquina que pueda haber perjudicado en su funcionamiento y por tanto en su seguridad.
▪ Periódicamente, en función de las recomendaciones del fabricante, así como el desgaste por uso que se suceda en la misma.
ADECUACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO. ¿QUÉ HAY QUE CUMPLIR?
Para que una máquina se entienda correctamente adecuada deberá cumplir, dar respuestas y evidencias en el informe de adecuación de equipos que cumple con el R.D 1215/1997. Esto supone cumplir con:▪ Disposiciones legales o reglamentarias
▪ Condiciones generales previstas en el anexo 1 del RD 1215/97
▪ Condiciones y características específicas del trabajo a desarrollar
▪ Adecuación a los riesgos existentes en el lugar y puesto de trabajo▪ Adecuado para su utilización por trabajadores discapacitados
▪ Ergonomía para su uso por trabajadores
▪ Mantenimiento y comprobación de la instalación▪ Formación e información debida a los trabajadores sobre riesgos, medidas de protección y prevención
▪ Resto de requisitos del RD 1215
El objetivo del informe de adecuación de equipos es identificar, evaluar y proponer medidas correctoras en función de la necesidad para cubrir los riesgos previstos en su uso y mantenimiento, y minimizar su impacto en el trabajador.
IMPORTACIÓN DE MAQUINARIAS USADAS Y NUEVAS. ¿QUÉ HACER?
No es diferente el procedimiento de adecuación de equipo para las máquinas de importación que las nacionales. Sin embargo, queremos darte algunas recomendaciones antes de que importes una maquinaria que te pueden resultar muy útiles.Si la máquina no tiene Marcado CE tendrás que certificarla como si fueras su fabricante antes de proceder a usarla.En el caso de ser una maquinaria antigua y usada te recomendamos no importarla ya que es muy difícil comprobar el estado de la máquina y puede ocasionar riesgos en su uso. Es posible que también presente algunas incompatibilidades con el resto de maquinaria de tu empresa por lo que será muy difícil cumplir con la adecuación de equipos.
Sin embargo, aunque la máquina tenga Marcado CE, te recomendamos que consultes a nuestros técnicos antes de proceder a su importación.Disponemos de un servicio de validación de documentación para comprobar si la documentación técnica es correcta, el Marcado CE es original y la maquinaria cumple con los estándares europeos antes de que adquirirla.
Se trata de un informe detallado y firmado por nuestros ingenieros que te dejará completamente tranquilo de que la maquinaria es segura y que podrá realizarse correctamente la adecuación de equipos en tu empresa.
¿QUÉ TE OFRECE OMOLOGIC? INGENIERÍA SEGURIDAD INDUSTRIAL
Omologic es una consultoría técnica especializada en Marcado CE de maquinaria. En función de tu situación, Omologic ofrece diferentes servicios a medida para que puedas legalizar la situación de tus equipos, sea cual sea.Realizamos:
▪ Verificación de Marcado CE. Se trata de un informe emitido por nuestro equipo de ingeniería para evidenciar que el Marcado CE es válido y la maquinaria cumple con los estándares europeos actuales.
▪ Marcado CE de Maquinaria. Omologic es especialista en Marcado CE de máquinas. Tanto si quieres importar una máquina que no tiene Marcado CE, si vas a realizar una modificación sustancial de la máquina o si eres fabricante infórmate sobre nuestro servicio para la certificación CE de productos.
Esperamos haber resuelto todas tus dudas sobre adecuación de equipos a través de esta guía técnica de adecuación 1215/1997.