Si eres fabricante o importador de Drones o Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (UAS), te encuentras ante un mercado en plena transformación regulatoria. La entrada en vigor definitiva de la normativa europea ha cambiado las reglas del juego: ya no basta con fabricar un buen producto; ahora es indispensable certificarlo.
En esta guía técnica de Omologic, desgranamos paso a paso qué implica el Marcado CE de drones, cómo se relaciona con las nuevas etiquetas de clase y qué hoja de ruta debes seguir para comercializar tus productos legalmente en el Espacio Económico Europeo.
¿Qué es un dron y por qué debe tener Marcado CE?
A efectos regulatorios, un dron o UAS se define como cualquier aeronave que opera o está diseñada para operar de forma autónoma o pilotada a distancia, sin piloto a bordo.
El Marcado CE en un dron no es un simple adhesivo. Es la declaración legal y vinculante del fabricante de que el producto cumple con todos los requisitos de seguridad, salud y protección medioambiental de la Unión Europea.
¿Por qué es obligatorio? Desde la plena aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2019/945, cualquier dron destinado a operar en la «categoría abierta» debe contar con este marcado para ser introducido en el mercado. Sin él, el producto no puede cruzar las aduanas ni venderse legalmente en tiendas, exponiendo a la empresa a sanciones, bloqueos de mercancía y la retirada forzosa del producto.
Normativa que debe cumplir un dron
La complejidad del Marcado CE de drones reside en que no se rige por una sola norma. Como fabricante o importador, debes asegurar el cumplimiento de un ecosistema legal compuesto por:
- Reglamento Delegado (UE) 2019/945: Es la norma principal. Establece los requisitos de diseño, fabricación y las características técnicas que definen las clases de drones (C0-C6).
- Directiva de Equipos Radioeléctricos (RED) 2014/53/UE: Obligatoria para el mando control y el sistema de transmisión de datos del dron.
- Directiva de Seguridad de las Máquinas 2006/42/CE: Aplica a ciertos drones grandes para cubrir riesgos mecánicos (como las hélices).
- Directiva RoHS: Restricción de sustancias peligrosas en los componentes electrónicos.
- Directiva de Seguridad de los Juguetes 2009/48/CE: Solo si el dron está diseñado exclusivamente para menores de 14 años.
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Clases de aeronave no tripulada, marcado de clase y relaciones con el Marcado CE
El Reglamento (UE) 2019/945 introduce una novedad crucial: el etiquetado de identificación de clase. El Marcado CE avala el cumplimiento general, pero la «Clase» define qué prestaciones técnicas tiene el dron y qué operaciones podrá realizar el piloto (vuelo cerca de personas, lejos de ellas, etc.).
El fabricante debe colocar, junto al logo CE, una etiqueta indicando la clase (C0, C1, C2, C3, C4, C5 o C6).
Clase C0
Son los drones de menor riesgo.
- Peso (MTOM): Inferior a 250 g.
- Limitaciones: Velocidad máxima de 19 m/s y altura limitada por software a 120 m.
- Tecnología: No requieren identificación a distancia (Remote ID) ni geoconsciencia.
Clase C1
Drones versátiles para uso recreativo y profesional ligero.
- Peso (MTOM): Inferior a 900 g (o energía de impacto < 80 J).
- Requisitos clave: Deben incorporar Identificación a Distancia Directa (Remote ID) y sistema de Geoconsciencia (mapas de zonas restringidas).
- Seguridad: Deben tener un sistema de aviso de batería baja y luces de control.
Clase C2
Para drones con mayor capacidad de carga.
- Peso (MTOM): Inferior a 4 kg.
- Requisitos clave: Además del Remote ID y la Geoconsciencia, deben disponer de un «modo de baja velocidad» seleccionable por el piloto para volar cerca de personas de forma segura.
Clase C3
Drones pesados para operaciones lejos de personas.
- Peso (MTOM): Inferior a 25 kg y envergadura máxima de 3 metros.
- Requisitos: Remote ID, Geoconsciencia y requisitos estrictos de seguridad del enlace de mando.
Clase C4
Destinados casi exclusivamente al aeromodelismo tradicional.
- Peso (MTOM): Inferior a 25 kg.
- Características: No tienen modos de control automático (vuelo manual) y no requieren Remote ID ni geoconsciencia instalados de fábrica obligatoriamente.
Qué requisitos debes cumplir como fabricante, importador o comercializador
La normativa asigna responsabilidades muy claras según tu rol en la cadena de suministro:
- Fabricante: Es el responsable último. Debe diseñar el dron conforme a la norma, realizar la evaluación de conformidad (con o sin Organismo Notificado según la clase), elaborar el Expediente Técnico y firmar la Declaración UE de Conformidad.
- Importador: Si traes drones de fuera de la UE (ej. China), asumes las obligaciones del fabricante ante las autoridades europeas. Debes asegurarte de que el fabricante original ha realizado la evaluación técnica correctamente, que el dron tiene el Marcado CE y la etiqueta de clase, y debes incluir tus datos de contacto en el producto o embalaje.
- Comercializador / Distribuidor: Debe verificar que el producto lleva el Marcado CE, la etiqueta de clase y los manuales en el idioma correcto antes de venderlo.
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Proceso paso a paso para obtener el Marcado CE de un dron
En Omologic, estructuramos el proceso de certificación en 5 fases claras para asegurar el éxito:
- Clasificación del Prototipo: Analizamos las especificaciones técnicas (peso, julios de impacto, velocidad) para determinar si tu dron es C0, C1, etc.
- Estrategia de Ensayos: Identificamos las normas armonizadas aplicables y gestionamos los ensayos de laboratorio necesarios (radio, EMC, seguridad eléctrica, acústica, resistencia).
- Elaboración del Expediente Técnico: Recopilamos toda la documentación: planos, diagramas de bloques, análisis de riesgos, manuales de usuario y resultados de ensayos.
- Intervención de Organismo Notificado: Para las clases C1, C2 y C3, gestionamos el examen UE de tipo con el Organismo Notificado si no se han aplicado normas armonizadas completas, o validamos el sistema de calidad total.
- Emisión de la Declaración y Etiquetado: Redactamos la Declaración UE de Conformidad para tu firma y te indicamos cómo deben ser las etiquetas (tamaño, ubicación y contenido) para cumplir la ley.
Omologic, homologación y Marcado CE de drones
El proceso de Marcado CE de drones implica una carga técnica y burocrática que puede paralizar a un fabricante. En Omologic, no somos una simple gestoría; somos una ingeniería especializada en normativa industrial.
Actuamos como tu departamento técnico externalizado, guiándote desde el diseño inicial hasta la puesta en el mercado. Aseguramos que tu dron cumple con el Reglamento 2019/945, gestionamos los ensayos complejos y blindamos tu documentación ante cualquier inspección de consumo o aduanas.
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Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Cuándo es necesario el marcado CE en un dron?
El Marcado CE es obligatorio siempre que se quiera comercializar un dron en la Unión Europea, independientemente de su peso o uso (juguete o profesional). Desde enero de 2024, además del logo CE, los drones destinados a la categoría abierta deben llevar la etiqueta de identificación de clase (C0 a C6).
2. ¿Qué es FCC y CE en drones?
Hacen referencia a la potencia de transmisión de radio.
- FCC (EE. UU.): Permite una potencia de emisión de señal más alta, lo que da más alcance.
- CE (Europa): La normativa europea (Directiva RED) limita la potencia de emisión para evitar interferencias. Un dron vendido en Europa debe venir configurado (o limitarse automáticamente) al modo CE para ser legal, aunque esto implique un rango de distancia menor que en modo FCC.




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